Municipalismo: nociones teóricas e históricas

Abstract: Here attach some slides I use to explain some theoretical notions and examples about municipalism.
Resumen (aragonés): Aquí adhibo bellas diapositivas que emplego ta esplanicar bellas nocions teoricas y bells eixemplos sobre municipalismo.
Resumen (español): Aquí añado algunas diapositivas que utilizo para explicar algunas nociones teóricas y algunos ejemplos sobre municipalismo.
Synthèse: Voici attachées quelques diapositives avec lesquelles j’explique certaines notions théoriques et certains exemples sur le municipalisme.


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‘Pluralistic ingorance’ y as eslecions / ‘Pluralistic ignorance’ y las elecciones

[Entrada publicada en o blog http://estricalla.blogspot.com el 3 de junio de 2014]

levantando_mano_claseResumen: En iste post se fa una introduzión a o fenomeno d’a Pluralistic Ignorance, chenerau por o cumplimiento de normas en base a falsas espeutazions. Dimpués s’aplica iste chiquet analís a la situazión d’a politica autual en o estau español, esposando a la fin que iste fenomeno puet predezir una puyada muito gran de toz os partius politicos fueras de PP y PSOE en as elezions de 2015.

Abstract: Here we introduce the Pluralistic Ignorance phenomenon, given by norm compliance depending on false expectations. Then we apply this superficial analysis to the current politic situation in the Spanish State, ultimately exposing that this phenomenon may predict a big rise of every political party except PP and PSOE for 2015 elections.


Os teoricos d’a normabitidat (Bicchieri, 2006; Brennan & co., 2013) gosan de parar cuenta d’un fenomeno muito curioso que claman Pluralistic Ignorance (Inoranzia pluralista?). Pillando a definizión d’a primera d’istas teoricas (podría pillar-se-ne cualsiquiera, porque encara que son esferens y dezaga amagan esferens presupuestos filosoficos, ta iste post ixa mena de discusions rai), se tiene que una norma ye un regle conoxiu a libel cheneral tal que:

1. L’achén aguarda que buena cosa d’a resta cumpla ixe regle.

2. Buena cosa d’a chen aguarda que l’achén particlar cumpla ixe regle.

Asinas, si pillamos un regle cualsiquiera (por exemplo, no ir zorro aduzindo), tal regle ye una norma si aguardamos que a resta lo cumpla (ye dezir, que a resta no aduguen zorros) y si a resta aguarda que nusatros lo cumplamos (ye dezir, a resta aguarda que no adugamos zorros).

A Pluralistic Ignorance se da cuan ixo que aguardamos ye falso u no troba garra motibo, creyando-se una ilusión en ixa espeutazión. Con tot y con ixo, toz u cuasi toz lo continamos aguardando, y por tanto continamos con ixe regle. En atras parolas, son normas que a la fin denguno no quiere cumplir, y por tanto no tienen guaire u mica sentiu, pero que se cumplen. Meto bels exemplos:

Exemplo 1. Os adoleszens y o costumbre de zorrupiar:  O sozcheto adoleszén gosa de zorrupiar sin tener o paladar feito a ixa sabor, y asinas a bebida alcolica de turno no le fa goyo. Con tot y con ixo, l’adoleszén aguarda que a resta zorrupie, y a resta d’adoleszens aguarda que él tamién zorrupie, y tot ixo a penar de que a la más gran parti d’els no les fa goyo de zorriar. O motibo de fundo que troba o sozcheto ye a medrana a no estar admeso en a colla, a no festechar, asinas-asinas. En iste caso trobamos pues una norma chenerada por falsas espeutazions (a espeutazión de que a resta zorrupie y a espeutazión de que a resta aguarda de yo que zorrupie), pero con tot y con ixo norma.

Una d’as cosas curiosas que tienen as normas cheneradas por Pluralistic Ignorance ye que ascape s’escatumban. No cal que una minoría muito chicorrona de sozchetos que autúen contra la norma ta que a resta pare cuenta ascape de l’absurdo y se remate crebando. Unatro exemplo:

Exemplo 2. A clase embolicada y as demandas: Pensemos en una clase muito embolicada que o profesor u mayestro remata demandando a l’alumnalla si ha entendiu tot, ubrindo un turno de demandas. O más probable ye que debán d’ixe ofrezimiento d’o profesor, garra escolano puye a man. Emplegando a definizión anterior de norma, isto pasa porque: 1. Cada escolano aguarda que a resta lo ha pillau tot, y no demanda por bergüeña a quedar como un fato. 2. A resta aguarda que o escolano en custión lo ha pillau tot, o cualo chenera un bucle que fa que denguno no demande.

¿Qué pasa cuan bel intrepido escolano puya a man ta demandar un dandalo a risque de quedar como un fato? Luen de quedar asinas, a suya demanda contina con buena cosa d’as mans d’a resta puyadas y fendo-ne atras demandas. A norma inizial de no fer demandas, causada por a falsa creyenzia de que toz han preso a clase, s’esfá.

A ideya que quiero esfender en iste post ye que a trabiés d’iste fenomeno podemos entrefilar que os botos a os partius esferens de PP y PSOE en as elezions de l’añada benién puyarán, y muito. Por un regular, bi ha abiu una norma que refirmaba o bipartidismo, norma chenerada en zaguera instanzia por a tradizión prebia, por a creyenzia en o ”boto que fa onra” y por ista mena d’espeutazions:

1. Yo aguardo que a resta de chen bote a o PP u a o PSOE (ista espeutazión se refirma con as correspondiens encuestas).

2. A resta aguarda que yo bote a o PP u a o PSOE (atra begada, a espeutazión se refirma con as encuestas).

Pero como deziba antis, ista mena de normas guidadas por a Pluralistic Ignorance son muito febles, y malas que bi ha una minoría que las creban (como a man puyada en o turno de demandas), de camín s’esboldregan.

A mía impresión ye que os resultaus d’as zagueras elezions europeas han crebazau ixa norma de Pluralistic Ignorance que feba que buena cosa d’a chen botase a PP u a PSOE. A fuerte dentrada de Podemos, pero tamién de Ciudadanos, y o creximiento de UPyD y más que más de IU, son estaus os feitos que han aduyau a esborrar as falsas espeutazions que refirmaban o bipartidismo. En atras parolas, son estadas as primeras mans puyadas que han feito demandas a o profesor crebando a tradizión de no fer-ne (a primera de todas ellas, estió a de UPyD fa ya bel tiempo), y agora o crebamiento d’a norma d’o bipartidismo no se puet aturar.

Prou que en unas elezions o boto pende de muitas fautors, que a crisis y l’agotamiento d’un rechimen de ya 40 añadas ha aduyau ta que surtan nuebas opzions igual que no mans que se’n puyan ta fer demandas, y prou que a situazión puet cambear muito dica una añada, por o que tampoco no quiero fer predizions en iste post, cosa que no sería mica seriosa. Sindembargo, sí que pretendo fer beyer que a propia naturaleza y inerzia de normas cumplidas por falsas espeutazions ye un fautor a parar cuenta, fautor que aduyaría a esplanicar una puyada muito gran d’os nuebos partius en as beniens elezions.


Referencias

Bicchieri, C. (2006). The grammar of society: The nature and dynamics of social norms. Cambridge University Press.

Brennan, G., Eriksson, L., Goodin, R. E., & Southwood, N. (2013). Explaining Norms. Oxford University Press.

Razones para creer / Razons ta creyer


Abstract
: Here I analyze Whiting’s paper Reasons for Belief, Reasons for Action, the Aim of Belief, and the Aim of Action. Previously, I criticized his revised normative notion of belief based on may, should not, but specially truth, and I offered a rough sketch of a notion of belief based on practical considerations as an alternative. In this paper, Whiting offers a justification of belief based on practical considerations, but in a different way.

Resumen (aragonés): Aquí analizo l’articlo de Whiting Reasons for Belief, Reasons for Action, the Aim of Belief, and the Aim of Action. Enantis, creticaba a suya noción normativa revisada de creyencia basada en podría, no debe, pero más que más verdat, y ufriba un esbruixallo zaborrero d’a noción de creyencia basada en consideracions practicas como alternativa. En iste articlo, Whiting ufre una chustificación d’a creyencia basada en consideracions practicas, pero d’una traza esferent.

Resumen (castellano): Aquí analizo el artículo de Whiting Reasons for Belief, Reasons for Action, the Aim of Belief, and the Aim of Action. Previamente, criticaba su noción normativa revisada de creencia basada en podría, no debe, pero sobre todo verdad, y ofrecía un sketch tosco de la noción de creencia basada en consideraciones prácticas como alternativa. En este artículo, Whiting ofrece una justificación de la creencia basada en consideraciones prácticas, pero de una manera diferente.


En la última entrada analizaba la noción normativa de creencia de Whiting y la criticaba con el consabido ejemplo de ‘la chica que me gusta’ (La chica que me gusta, que creo que le gusto, pero a la que realmente no le gusto y todas las evidencias así lo dejan claro). Ya en los comentarios de la entrada anterior, donde trazaba las líneas básicas de mi investigación, mi colega Javier me recomendaba el artículo que ahora analizo, y realmente esta recomendación ha sido de gran ayuda como se verá.

Recordando un poco la entrada anterior, Whiting defendía una noción normativa de la creencia que superase los problemas que se le ponía a la noción clásica (La creencia debe apuntar a la verdad), basada en los siguientes principios:

(1) La creencia podría apuntar a la verdad (may)
(2) La creencia no debe apuntar a lo falso (should not)

Yo criticaba que estos principios no se ajustaban al caso de la creencia sobre ‘la chica que me gusta’:

1. Me gusta una chica
2. Todas las evidencias señalan que no le gusto, y efectivamente no le gusto.
3. En mi enamoramiento, creo que a la chica le gusto

La solución que ofrecía es que la creencia no apunta a la verdad, sino al bienestar práctico: me es mejor emocionalmente, al menos a corto plazo, creer que le gusto a creer que no le gusto.

En este artículo, Whiting parece apuntar a algo similar: ‘Que los sujetos no toman consideraciones prácticas para justificar las creencias parece extraño: después de todo, muchas de esas consideraciones parecen más fuertes que las cuestiones de verdad o falsedad’. Acto seguido, habla de una perspectiva epistémica y de una perspectiva práctica.

En esta misma introducción, expone un ejemplo: si mi hijo me miente, puedo creer la mentira para mejorar la relación de confianza (perspectiva práctica) o puedo no creerla con consencuencias negativas (perspectiva epistémica). No obstante, el ejemplo no está bien traído: lo que se cree es transparente e involuntario, y viene a ser que mi hijo me miente; otro caso es que acepte lo contrario por cuestiones prácticas, aceptación voluntaria y no transparente. El ejemplo típico es el del abogado que cree que su cliente es culpable pero acepta su inocencia para defenderlo.

En el mismo párrafo, expone un ejemplo: si mi hijo me miente, puedo creer la mentira para mejorar la relación de confianza (perspectiva práctica) o puedo no creerla con consencuencias negativas a corto plazo (perspectiva epistémica). No obstante, el ejemplo no está bien traído: lo que se cree es transparente e involuntario, y viene a ser que mi hijo me miente; otro caso es que se acepte lo contrario por cuestiones prácticas, aceptación voluntaria y no transparente. El ejemplo típico es el del abogado que cree que su cliente es culpable pero acepta su inocencia para defenderlo.

En la segunda sección de su artículo, Whiting expone que ‘los sujetos toman solo consideraciones evidenciales para proponcionar razones para la creencia’. Es este enfoque empirista, que no consigue dar respuesta el ejemplo de ‘la chica’ (y en general a bastantes wishfull beliefs), con el que ya no estoy de acuerdo. Sin embargo, el análisis del problema está claro. En palabras de Whiting:

[e]s plausible pensar que el objetivo de creer solo la verdad determina la perspectiva epistémica. No es sorprendente, entonces, que el llamamiento solo a ese objetivo no deba resolver el laberinto de por qué esa perspectiva eclipsa todas las demás cuando un sujeto se enfrenta a la pregunta sobre qué creer, dado que la pregunta parece ser una que también puede ser respondida desde la perspectiva práctica competidora (…)

[A]sí, volviendo a nuestro caso, dado que aspirar a creer solo la verdad es constitutivo de la creencia, queda por explicar por qué los sujetos no toman consideraciones no evidenciales para proporcionar razón a la creencia.

En su tercera sección, Whiting explora la idea de que la creencia más que un estado, se corresponda con una acción (o siendo más concretos, la idea de que toda creencia motiva una acción). A pesar de que es algo sobre lo que no he pensado lo suficiente, inicialmente me inclino a pensar que esto no es así: puedo pensar que a la chica le gusto pero no por ello actúo de ninguna manera. Si este ejemplo no es lo suficientemente claro, piénsese en enunciados de opinión del tipo ‘creo que esta noche va a llover’: si no salgo de casa, es bastante probable que no determine ninguna acción.
Al final de esta sección, Whiting expone su tesis principal: ‘el objetivo de creer solo lo que es práctico genera el objetivo de creer solo lo que es verdad (…) centrarse en el objetivo de creer solo lo que es práctico ayuda a explicar el compromiso de los sujetos con respecto al evidencialismo de una manera que centrándose en la verdad como único objetivo de la creencia no lo hace’. En otras palabras, para Whiting creer lo práctico implica creer la verdad, y por tanto, creer lo práctico está subordinado a las evidencias. Además, la creencia se corresponde con acción.

          (Whiting): (Creencia → Pŕactico) & (Práctico ⊆ Verdad)

De manera más explícita en la cuarto sección: ‘[D]ada la asunción que, cuando uno actúa, lo hace desde sus creencias, este objetivo genera o incorpora el objetivo de creer solo lo que es una razón práctica, lo que en a su vez genera o incorpora el objetivo de creer solo lo que es verdad‘ (la cursiva es mía).
En esta sección nuestro autor también especifica que ‘[L]o que explica el hecho de que los sujetos solo toman las consideraciones evidenciales para proporcionar razones a la creencia es el objetivo de actuar y decidir solo en función de razones prácticas, lo que a su vez genera un objetivo de creer solo razones prácticas’. El contraejemplo de ‘la chica que me gusta’ es claro: se tiene una razón práctica para la creencia sin que ella motive acción.

En su quinta sección Whiting afronta posibles críticas, de entre las cuales es especialmente interesante la tercera (¿Esta visión toma una idea controvertida del razonamiento práctico?) para nuestro análisis.

[S]i los sujetos actúan según premisas de razonamiento práctico, y si las premisas de razonamiento práctico incluyen lo que se desea, y lo que se desea no es una razón práctica, entonces no es verdad, como afirmo, que los sujetos apunten a actuar solo según lo que es una razón práctica. Pero no podría afirmar sin embargo que los sujetos apuntan a actuar según lo que se cree solo si lo que se cree es una razón práctica, lo que deja abierta la acción de los sujetos o el objetivo de actuar según otras bases.

Así, la respuesta que da se basa en una diferenciación entre creencia y deseo, tal que la primera se basa en la evidencia y se corresponde con la razón práctica, y el último no (en todo caso, se corresponde con lo motivacional). No obstante, a tenor del tipo de ejemplos de ‘la chica que me gusta’, que no se corresponden solo con deseo sino también con creencia (‘deseo que le guste’, pero también ‘creo que le gusto’), descarto que la creencia necesariamente esté ligada a la evidencia y descarto también que lo conativo no sea práctico sino solo motivacional.

La quinta crítica que afronta (¿Podría alguien tener todos los objetivos relevantes y aún así considerar que hay razones no evidenciales para creer?) se introduce de una manera interesante:

[P]ara explicar por qué los sujetos no consideran que haya razones prácticas para creer, he apelado a la idea de que los sujetos apuntan a creer solo la verdad, un objetivo dictado por el objetivo de creer solo lo que es una razón práctica, un objetivo a su vez dictado por el objetivo de actuar solo en base a razones prácticas.

De aquí extraigo una idea diferente al a reflejada en la sección tercera (por mucho que reanalizo ambas secciones y especialmente el párrafo citado en cursiva de la sección cuarta, no consigo ver que digan lo mismo, sino cosas bastantes diferentes). En este caso, considero que Whiting dice que creer la verdad implica creer lo práctico:

(Whiting*): (Creencia → Verdad) & (Verdad ⊆ Práctico)

Esta última idea es la que se reafirma en las conclusiones:

Los sujetos toman solo consideraciones evidenciales, en oposición a las prácticas, para dar razones para creer porque los sujetos aspiran a creer solo la verdad porque los sujetos aspiran a creer solo lo que es razón práctica porque los sujetos aspiran en su acción y decisión a ser guiados solo por razones prácticas. La perspectiva epistémica no está en tensión con la perspectiva práctica sino dictada y contenida en ella (La negrita es mía)

Conclusión

En este análisis, si bien comparto la importancia de las cuestiones prácticas a la hora de definir la creencia, no tengo claro que la creencia se corresponda con acción, y mucho menos que las razones prácticas necesariamente tengan que ser hechos: mis razones prácticas para creer que a la chica le gusto son emocionales, pero no son hechos (a no ser, claro está, que se consideren las emociones como hechos, pero no parece que así lo piense Whiting a la luz de que estos motivas necesariamente acciones). Mi idea de razón práctica es más amplia que la dada por hechos y acciones.

Igualmente, comparto (en parte) la relación segunda de Whiting (Whiting*). No obstante, no termina de ajustarse a casos de whisfull beliefs como el de ‘la chica que me gusta’, por lo que personalmente apostaría por una reformulación:

(Whiting*): (Creencia → Verdad) & (Verdad ⊆ Práctico)

(Ideas):
(a)(Creencia → Práctico) & (Verdad ⊆ Práctico)
(b) Creencia suele aspirar a la Verdad.
(c) Los casos en los que el suele no se cumple y se cumple (a), esto es, las creencias que apuntan directamente a lo práctico y no a la verdad, es porque el componente conativo de las creencias ‘se hace fuerte’ (ejemplo: ‘la chica que me gusta’), pero sin convertirse por ello el estado en deseo y siendo todavía creencia.
(d) En general, la creencia, la aceptación, el deseo, la asunción, la justificación, la aserción, la conjetura, la imaginación, las ilusiones, los aliefs-hábitos son estados que apuntan todos ellos a lo práctico. La verdad es un subconjunto de lo práctico, al que apunta especialmente la creencia -y en general, lo cognitivo que haya en todos los estados. No obstante, en la propia creencia también hay elementos conativos (c), si bien en menor medida que en el resto de estados.

Nota: las traducciones son mías.


Bibliografía

Whiting, D. (2014). Reasons for belief, reasons for action, the aim of belief, and the aim of action. Epistemic Norms (forthcoming, eds. Clayton Littlejohn & John Turri).

Replicando a Daniel Whiting / Repuliando a Daniel Whiting

indexAbstract: Here I roughly analise two papers of Daniel Whiting, a promoter of the normativity thesis about beliefs -a revised one-, and I criticize some aspects I do not understand or agree. These two papers are Should I Believe the Truth(2010) and Recent Work on the Normativity of Belief(2014), the latter written in collaboration with Conor McHugh.

Resumen (aragonés): Aquí analizo por alto dos papers de Daniel Withing, un esfensor d’a tesis d’a normatividat tocant a creyencias -revisada-, y cretico bells aspectos que no prengo u con os que no soi d’alcuerdo. Istos dos papels son Should I Believe the Truth(2010) y Recent Work on the Normativity of Belief(2014), o zaguer feito en colaboración con Conor McHugh.

Resumen (castellano): Aquí analizo por encima dos papers de Daniel Withing, un defensor de la tesis de la normatividad sobre la creencias -revisada-, y critico algunos aspectos que no entiendo o con los que no estoy de acuerdo. Estos dos papers son Should I Believe the Truth(2010) y Recent Work on the Normativity of Belief(2014), el último escrito en colaboración con Conor McHugh.


Como había expuesto previamente, considerar que ‘la creencia debe apuntar a la verdad’ (Belief ought to aim at truth), esto es, el enfoque normativo sobre la creencia, presentaba problemas: ¿por qué debe apuntar a la verdad? ¿qué pasa cuando decimos ‘creo que el Madrid ganará la liga’ a pesar de que todo apunta a lo contrario? ¿qué pasa cuando ‘no se puede’ (recordemos que en inglés, ought implica can satisfy)?

Uno de los defensores de la normatividad de las creencias, Daniel Whiting, realiza una reformulación del enfoque con el que pretende salvar estas críticas, de la siguiente manera:

For any S, [believable truly] p: S may (believe that p) if and only if it its true that p.
Esto es:

(1) Beliefs may aim at truth (las creencias podrían apuntar a la verdad).

Whiting desarrolla esta idea (2010), e inspirado en Owens(2003) llega al siguiente enunciado:

”if it is false that p, then it is not the case that one may believe that p (and, by implication, one should not believe that p)”.

En otras palabras, la reformulación se acaba basando en la ”avoidance of falsity” (Whiting, 2010: Concluye con ”Lo que definitivamente no debo hacer es creer lo falso”), algo que deja un cierto regusto falsacionista:

(2) Beliefs should not aim at falsity (las creencias no deben apuntar a la falsedad).

Cabe decir, por otro lado, que mientras la definición con debe (ought) me recuerda a las normas evaluativas, la definición con podría (may) me recuerda a normas constitutivas, siempre y cuando aceptemos esta distinción.

Críticas

Whiting afronta las críticas de Bykvist y Hattiangadi (2007) que acusan a la formulación basada en el ‘podría’ (may) -caso (1)- de floja y no responder a retos como los supuestos por los ‘blindspot cases’ (este tema da para otro post). Para ello, habla de ‘normas suplementarias’.

Mi crítica personal viene dada por el ejemplo de ”La chica que me gusta, a la que no le gusto, pero que creo que me gusta”. Este caso, no satisface la definición (2): es falso que le guste a la chica, y sin embargo es el caso de que podría (y de hecho lo hago) creer que le gusto. La implicación de que ”no debo” (implicando ”no puedo”, eng. should) creer que le gusto, no se da.
Rompe también con la definición (1): Si S podría (creer que p), entonces es verdad que p. Luego: Si es mentira que p, S no podría (creer que p). En nuestro caso, si es mentira que le gusto a la chica, yo no podría creer que le gusto a la chica.

Poco después, Whiting (2010) expone que incluso cuando una persona cree algo verdadero sin la suficiente evidencia, esta creencia correcta es irracional. No obstante, veo problemático que se pueda decir que la creencia desarrollada entorno a la chica (que le gusto cuando no le gusto) sea ”irracional”: sencillamente, es práctica.

Últimamente, McHugh & Whiting (2014) han escrito esto:

[u]no podría criticar una persona que cree una proposición tras una evidencia que se ha motrado falsa. Si podría criticarse a la persona, podría seguirse que ha violado la norma. Por otro lado, el Normativista podría responder a la objección mostrando que la creencia que es correcta tiene algún valor.

[Q]uizás hay algún principio normativo según el cual es correcto creer una proposición cuando la proposición es verdadera (…) Pero asumiendo que el principio se da necesariamente, queda por mostrarse que el principio gobierna la creencia esencialmente. Compárese con la afirmación consecuencialista de que, si algo da placer, debe ser promovido. Si es verdad, presumiblemente es verdad necesariamente. Pero eso no muestra que el placer sea esencialmente normativo.

[I]ncluso si, necesariamente, el placer es la única cosa que debe ser promovida, no se sigue que el placer sea normativo [la traducción es mía].

No entiendo porqué el placer -o las cuestiones prácticas, como las he llamado- no pueden ser normativas: uno actúa en base a ellas y puede ser evaluado en base a ellas (si bien, esta evaluación puede ser personal o social, según en quién recaiga el placer y sus contras, pero este es otro tema).

Citando a Shah(2003), se sigue con la misma idea: ”en la deliberación sobre lo que creer, solo la evidencia puede ser considerada razón para creer una cosa u otra; uno no puede formar creencias porque, por ejemplo, le harían más feliz”. Para Whiting ”solo” la evidencia importa (algo que va acorde con el regusto falsacionista que dejan sus textos). El contraejemplo está claro: la chica a la que no le gusto pero que creo que le gusto.

Finalizando este artículo (McHugh & Whiting, 2014), se tiene un párrafo interesante:

[e]s mejor tener creencias verdaderas. Pero no es obvio que todas las creencias verdaderas nos beneficien. Y, incluso si lo hacen, esto parece hacer que el hecho de que uno aspire a la verdad deje a un lado la explicación de las normas epistémicas: no es el hecho de que uno tenga este objetivo, sino que es el hecho de que es mejor tenerlo -esto es, que debemos aspirar a la verdad- lo que genera las normas epistémicas derivadas.
Una respuesta más prometedora podría ser dibujar la noción de bondad atributiva. Si la creencia tiene como objetivo o función ser verdadera, entonces una creencia verdadera cuenta como una buena creencia [la negrita y la traducción son mías, las cursivas son de los autores].

Otra vez, cuando se habla de beneficio y bondad, parece acercarse más a la idea que defiendo de cuestión o beneficio práctico: sin embargo, al final se acaba asociando la cuestión práctica a la ‘verdad’ y solo encuentro dos salidas: o reconocemos que el beneficio práctico no solo se da con la ‘verdad’ -epistémica-, o reformulamos la verdad tal que además de cuestiones epistémicas y sociales, incorpore también lo práctico.


Bibliografía

Bykvist, K., & Hattiangadi, A. (2007). Does thought imply ought?. Analysis, 67(296), 277-285.

McHugh, C., & Whiting, D. (2014). Recent work on the normativity of belief. Analysis [to be published to dialectica].

Owens, D. (2003). Does belief have an aim? Philosophical Studies, 115, 283-305.

Shah, N. (2003). How truth governs belief. Philosophical Review, 447-482.

Whiting, D. (2010). Should I believe the truth?. dialectica, 64(2), 213-224.

Recomenzando: creencias y verdades / Reprencipiando: creyencias y verdatz

index

Abstract: After a long time without writing (but not without thinking and working), I show a rough sketch of my doctoral dissertation. The main topic is about beliefs and truth. Do beliefs aim at truth? or Should belief aim at truth? The hypothesis I am envisaging is that beliefs aim at practical things, or if you prefer, that the truth concept is based on practical things.

Resumen (aragonés): Dimpués de muito tiempo sin escribir-ie (pero no sin pensar y treballar), amostro un tosco sketch d’a mía tesis doctoral. Ista será tocant a creyencias y verdatz. S’enfinal as creyencias ent’a verdat? u Han d’enfilar-ser as creyencias ent’a verdat? A hipotesis que maneyo ye que as creyenzias s’enfilan enta custions practicas, u si t’estimas, que o concepto de verdat ye alacetau en custions practicas.

Resumen (español): Después de mucho tiempo sin escribir (pero no sin pensar y trabajar), enseño un tosco sketch de mi tesis doctoral. Esta srá sobre creencias y verdades. ¿Apuntan las creencias a la verdad? o ¿Deben apuntar las creencias a la verdad? La hipótesis que manejo es que las creencias apuntan a cuestiones prácticas, o si prefieres, que el concepto de verdad está basado en cuestiones prácticas.


¿Por qué creemos? Esta es la cuestión principal sobre la que se centra mi investigación, y existen diferentes ideas que explican la creencia en función de la verdad.

1. La creencia apunta a la verdad (Belief aims at truth)

Este primer punto explica el enfoque teleológico de la relación creencia-verdad. Se basa en que la creencia tiene un valor asociado, el valor de apuntar a la verdad.

Ej. 1: Creo que el árbol que veo por la ventana es verde.

En el anterior ejemplo, se ve que la creencia apunta a la verdad -creemos porque aspiramos a la verdad, y la creencia es un mecanismo para ello. La verdad es que el árbol es verde, y por eso creemos que el árbol es verde. Sin embargo, este enfoque presenta críticas:

Ej. 2: Creo que Podemos no ganará las elecciones.

Obviamente, esta creencia no apunta a ninguna verdad, dado que las elecciones todavía no se han dado. El teleólogo dirá entonces que lo importante es que la creencia apunta a la verdad, aunque esta se haya dado o todavía no se haya dado. Pero no cabe duda de que en frases como la anterior, puede influir algo más que la verdad (también, por ejemplo, el deseo). Frente al enfoque teleológico, surge otra manera de interpretar la relación creencia-verdad: el enfoque normativo.

2. La creencia debe apuntar a la verdad (Belief should aim at truth)

El enfoque normativo se basa en la obligación y la sanción sobre la relación creencia-verdad: estamos obligados -aunque sea involuntariamente- a creer la verdad, y si no lo hacemos, estamos violando la norma básica que define la creencia y somos susceptibles de ser sancionados.

Tomando el ejemplo 2 (Creo que Podemos no ganará las elecciones), el enfoque normativo se cumple siempre y cuando tengamos evidencia (encuestas, estimaciones de voto…) para creer esto: esta creencia apuntará o no la verdad, pero el requerimiento de que debe hacerlo, se cumple. Si en el enfoque teleológico la creencia apuntaba a la verdad como valor de la propia creencia, en el enfoque nomativo lo hace como norma. No obstante, ¿cuál es la naturaleza de esta norma? ¿hay un componente fundacional, incluso trascendental, en la formación de normas? ¿hasta qué punto ‘existen’ y son útiles en tanto en cuanto pueden ser violadas? ¿por qué las creencias están sujetas a normas y deben realmente apuntar a la verdad? Se inicia aquí un complejo debate, que iré tratando poco a poco.

Ej. 3: Creo que mi coche está en el garaje.

Imaginemos que mi hermana ha cogido el coche sin que yo me haya enterado. La creencia es perfectamente válida, sin embargo, en este caso ni apunta a la verdad ni se puede decir que deba apuntar a la verdad con una posible sanción si no lo hace, como realmente ocurre. En todo caso, se puede decir que mis evidencias (todos los días a esta hora suele estar en el garaje), me engañan. La clave se ve en el concepto de evidencia, previo al desarrollo de la creencia: evidencia-creencia-verdad.

Ante críticas como las anteriores, surgen otras definiciones más laxas del enfoque normativo: La creencia podría apuntar a la verdad/La creencia no debe apuntar a lo falso. Se genera entonces un debate entre lo teleológico y lo normativo, así sobre la adecuación de estas definiciones. No obstante, este es tema para otros posts.

3. Ejemplo 4: La chica que me gusta, que creo que le gusto pero que no le gusto

Pensemos en el siguiente ejemplo: una chica que me gusta, que en mi estado de enamoramiento e indecisión llego a creer y convencerme de que a ella también le gusto, y a la que realmente no le gusto. Incluyamos también en el ejemplo que todas las evidencias (desdenes de la chica, comentarios de amigos…) inducen a pensar que no le gusto. En todo caso, tal vez mis evidencias personales me hacen pensar que sí (¡se ha tocado el pelo cuando he hablado con ella!). No obstante, sigo desarrollando la creencia: Creo que a la chica le gusto. Esta situación, no parece nada extraña ni forzada.

 3.1. Desde el enfoque teleológico: Si consideramos que la creencia apunta a la verdad,  el ejemplo expuesto supone un reto. La creencia de que a la chica le gusto no apunta a la verdad.

3.2. Desde el enfoque normativo: Si consideramos que la creencia debe apuntar a la verdad, el ejemplo también es un reto. ¿Por qué debe apuntar a la verdad? No lo hace, y si lo hiciera, probablemente tendría malas consecuencias emocionales para mí. Suponer que las creencias deben apuntar a la verdad sería intentar cambiar la naturaleza de las creencias y los mecanismos por los cuales se desarrollan y actúan.

Se tiene pues que hay creencias que no apuntan a la verdad, y tampoco se ve claro por qué deben hacerlo.

4. Mi hipótesis: las creencias apuntan a cuestiones prácticas.

A partir del tosco análisis presentado, expongo mi hipótesis, que iré perfilando de aquí en adelante: Las creencias apuntan a cuestiones prácticas.

Tomando el ejemplo del punto anterior (la chica que me gusta y que creo que le gusto), desarrollamos la creencia -que algunos llamarían autoengaño- por motivos prácticos (estabilidad emocional). Se podría contraargumentar que lo realmente práctico sería creer que no le gusto -esto es, asumir que la creencia apunta a la verdad, o debe apuntar a la verdad- y no vivir en la mentira. No obstante, aquí se daría una dicotomía entre lo que nos proporciona un beneficio práctico a corto plazo y un beneficio práctico a largo plazo. Este será un tema que trataré más adelante, pero ya expongo que el esquema final que manejo es el siguiente:

Evidencia > Creencia > Verdad > Cuestiones Prácticas (> Justificación)

En este esquema y según lo tratado en el análisis previo, hay dos grandes puntos:

a) Por un lado, la definición de verdad. La aquí presentada -la presentada por la mayor parte de los autores que tratan este tema- relaciona verdad con una realidad externa y objetiva.

b) La creencia suele apuntar a la verdad (Ej. 1: Creo que el árbol que veo por la ventana es verde), pero ante todo apunta a cuestiones prácticas, que a veces coinciden con la verdad y otras no.

Para desarrollar esta hipótesis (La creencia apunta a cuestiones prácticas) y a la vista de la última reflexión, la vía que tengo en mente es la de una definición de la verdad en función de cuestiones práctias y no -solo- de un conocimiento objetivo.


Biografía básica

Chan, T. (Ed.). (2014). The aim of belief. Oxford University Press.

Teorema: Revista Internacional de Filosofía (2013). Zalabardo, J (Ed.). Univesidad de Oviedo. XXXII (3). ISSN: 0210-1602.

Unwin, N. (2007). Aiming at Truth. Palgrave MacMillan.

Whiting, D. (2010). Should I believe the truth? dialectica, 64(2), 213-224.